El Servicio de Administración Tributaria ha iniciado la revisión en sus sistemas institucionales para identificar la comisión de las infracciones que a continuación se detallen por los siguientes motivos:
Obligaciones omitidas |
Periodo |
Motivación |
Infracción y Sanción |
Multa |
Declaración de pago definitivo mensual de Impuesto al Valor Agregado (IVA). |
Enero 2023 |
Se determinó multa por haber presentado la declaración fuera de los plazos establecidos en las Disposiciones fiscales. |
Artículo 81, fracción I, del Código Fiscal de la Federación. |
$18,360.00 |
Declaración de pago provisional mensual de retenciones de Impuesto Sobre lo Renta (ISR) por sueldos y salarios. |
Enero 2023 |
Se determinó multa por haber presentado la declaración fuera de los plazos establecidos en las Disposiciones fiscales. |
Artículo 81, fracción I, del Código Fiscal de la Federación. |
$18,360.00 |
Declaración de pago provisional mensual de Impuesto sobre la Renta (ISR) de Persones Morales del Régimen General. |
Enero 2023 |
Se determinó multa por haber presentado la declaración fuera de los plazos establecidos en las Disposiciones fiscales. |
Artículo 81, fracción I, del Código Fiscal de la Federación. |
$18,360.00 |
Declaración de pago provisional mensual de retenciones de Impuesto Sobre lo Renta (ISR) por Servicios Profesionales. |
Enero 2023 |
Se determinó multa por haber presentado la declaración fuera de los plazos establecidos en las Disposiciones fiscales. |
Artículo 81, fracción I, del Código Fiscal de la Federación. |
$18,360.00 |
Declaración de pago provisional mensual de retenciones de Impuesto Sobre lo Renta (ISR) por Arrendamiento De Inmuebles. |
Enero 2023 |
Se determinó multa por haber presentado la declaración fuera de los plazos establecidos en las Disposiciones fiscales. |
Artículo 81, fracción I, del Código Fiscal de la Federación. |
$18,360.00 |
Declaración de pago provisional mensual de retenciones de Impuesto Al Valor Agregado (IVA). |
Enero 2023 |
Se determinó multa por haber presentado la declaración fuera de los plazos establecidos en las Disposiciones fiscales. |
Artículo 81, fracción I, del Código Fiscal de la Federación. |
$18,360.00 |
Total $110,160.00
De acuerdo al ejemplo anterior, conforme al artículo 82, fracción I, del Código Fiscal de la Federación este contribuyente pagaría $110,160.00 por un mes que no haya presentado sus pagos provisionales de enero de 2023.
El SAT tiene la facultad de notificar al contribuyente sobre las declaraciones omitidas conforme a lo establecido en el artículo 134 del Código Fiscal de la Federación. Por lo anteior se les recomienda revisen que encuentren al corriente con sus obligaciones fiscales O SOLICITEN AYUDA AL CONTADOR DE SU PREFERENCIA, revisen que sus declaraciones mensuales y anuales estén presentados, ya sea con pago o sin pago, dependiendo de si en el cálculo dio impuesto a cargo o no.
Es importante descargar su opinión de cumplimiento, esta debe ser POSITIVA (lo que significa que está al corriente en la presentación de sus declaraciones), si es NEGATIVA les indicara que obligaciones son las debe de presentar, si presentan las declaraciones antes de que el SAT emita el requerimiento, de esta manera podrán evitar una multa, recordando que cada obligación cuesta $18,360.
Recordemos, el SAT puede suspender los sellos del contribuyente para emitir facturas de ingresos y de nómina conforme al artículo 17-H del Código Fiscal de la Federación. Los contribuyentes que tributen como RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA PARA PERSONAS FÍSICAS, los sacara de este régimen y tendrán que cambiarse a otro que les corresponda, perderán este beneficio y no podrán volver a tributar en RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA PARA PERSONAS FÍSICAS.
En resumen, la mayoría de contribuyentes tiene dos obligaciones de impuestos a pagar que es IVA e ISR propio (ya sea por persona física o por persona moral), y tomando en cuenta que cada obligación cuesta $18,360 por dos obligaciones seria la cantidad de $36,720 por cada mes, así que, acerquense a su contador para que presente sus declaraciones lo más pronto posible y si sale impuesto a cargo, pagarlas.
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